viernes, diciembre 23, 2005

La opinión de las Asociaciones de Magistrados sobre el Consejo Audiovisual de Cataluña

Parece ser que las opiniones de las Asociaciones de Magistrados sobre las competencias que la Ley Audiovisual de Cataluña atribuye al CAC no difieren mucho de las expresadas en este blog (ABC):
  • Asociación Profesional de la Magistratura: "Deben ser los juzgados o tribunales los que en último caso determinen si se ha producido algún tipo de actuación que transgreda o infrinja el ejercicio de esos derechos. Quienes tienen encomendada la interpretación y aplicación de la ley son los jueces y los tribunales. La doctrinal constitucional sobre el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz es tremendamente generosa y muy laxa. Intentar poner una mordaza a un medio de comunicación nos deja tremendamente preocupados".
  • Jueces para la Democracia: "El único organismo que puede determinar si se ha vulnerado o no la libertad informativa es un órgano jurisdiccional. Cuestión distinta es si determinados organismos quieren establecer normas deontológicas o que los medios de comunicación autorregulen el contenido de sus informaciones para asegurar el cumplimiento de los principios que el Tribunal Constitucional viene exigiendo sobre la veracidad de la información y el respeto de los límites que protegen el derecho al honor, a la intimidad personal y la propia imagen".
  • Asociación Francisco de Vitoria: "En última instancia corresponde al poder judicial la tutela y garantía de los derechos y libertades de los ciudadanos. Deberán ser los tribunales los que reconozcan si se han superado los límites en el ejercicio de la libertad de información por los medios de comunicación. La posibilidad de que exista un organismo intermedio que ejerza un control previo es una cuestión puramente política, que corresponde a los grupos parlamentos o el Gobierno. En todo caso, si se toma esa decisión, el organismo que se encargue de velar por el correcto ejercicio del derecho de información debería reunir unas características de independencia evidentes y de autonomía respecto a los intereses partidistas".

El vocal del Consejo General del Poder Judical, D. José Luis Requero, aseguró tiene una opinión parecida sobre las competencias otorgadas al CAC por el Parlamento catalán: "Las funciones de control del contenido de los medios de comunicación atribuidas al CAC son algo claramente inconstitucional, ya que se trata de atribuciones que la Carta Magna asigna a los tribunales".

El ministro Montilla, por cierto, también se quiere apuntar al control político de los Medios de Comunicación: quiere que se apruebe una Ley Audiovisual para toda España. Esa Ley crearía un órgano administrativo llamado Consejo Estatal de los Medios Audiovisuales que podría "suspender temporalmente la difusión de canales o de un programa concreto durante un mes, aunque en los casos más graves se llegará al precinto de los equipos y de los aparatos de emisión. En casos de urgencia, las medidas disciplinarias podrán ser acordadas antes de la incoación del expediente sancionador." Veánlo en EL PAIS.